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Desde el día 9 de abril de 2022 contamos con una nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados (Ley 7/2022 de 8 de abril) para una Economía Circular que deroga, tras 20 años de vigencia, la actual 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
La nueva norma se caracteriza por afrontar por primera vez el marco regulatorio de los residuos desde una visión integral, estableciendo un calendario de implantación de las nuevas recogidas separadas de residuos para su valorización, además de la ya existente para el papel, los metales, el vidrio y el plástico.
Esta nueva Ley supone un paso adelante en la modernización y en la circularidad de nuestra economía y contribuirá, sin duda alguna, a la implantación de una una nueva forma de diseñar las cosas, que nos permita reducir los residuos y permita gestionar mejor los generados
A continuación desarrollamos las principales novedades de la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular (Ley 7/2022 de 8 de abril):
¿Cómo afecta al sector de la construcción esta nueva normativa? ¿ Cuáles son las claves a tener en cuenta para evitar posibles sanciones? ¿Cómo llevar a cabo la correcta gestión de residuos de la construcción y demolición?
En este vídeo Joan Esteban Altabella, Asesor Técnico de RCD en CoCircular analiza las implicaciones y cambios que se recogen en esta nueva Ley, creada para impulsar la economía circular y que permitirá cumplir con las directivas europeas.
O si lo prefieres, te resumimos en 7 puntos clave qué debes tener en cuenta:
1. Prevención en la generación de residuos de la construcción y demolición
En lo que respecta a la prevención de la generación de residuos, se establece como prioritario el uso de productos eficientes en el consumo de recursos, duraderos, recuperables, reutilizables y actualizables, siendo clave la introducción de aquellos que contienen fracciones recicladas. Para que esto sea posible es importante que existan modelos de producción y de consumo sostenibles, consiguiendo que los residuos generados en las obras lleguen a los fabricantes para ser reintroducidos de nuevo en los sistemas de producción.
En la prevención y el uso de productos reciclados cobra especial relevancia la intervención de los proyectistas desde la fase de concepción y diseño de las construcciones, ya que pueden lograr reducir los impactos adversos asociados a la generación y gestión de los residuos.
2. Gestión de los residuos producidos en las obras
En lo relativo a la producción, posesión y gestión de los residuos, se desarrolla un punto fundamental que establece que deben primar las acciones de recogida separada de los residuos con el fin de potenciar su valorización o transformación final en otros productos.
Para que esto sea posible en las obras se debe implantar la demolición selectiva y la separación de las distintas fracciones de residuos en al menos los siguientes materiales: madera, inertes, metales, vidrio, plástico y yeso.
Esta forma de actuar es fundamental porque, en primer lugar, carece de sentido que en las obras se mezclen fracciones que después hacen casi imposible su separación en las plantas de tratamiento. Y, en segundo lugar, porque resulta prácticamente imposible para las empresas cumplir con el objetivo de alcanzar una valoración mínima del 70% del peso de los residuos no peligrosos, excluyendo de este cómputo las tierras y piedras generadas en las obras.
En cuanto a la valorización de los residuos es importante considerar que el fin de la condición de residuo en fracciones como la madera, el metal, el cartón y el vidrio puede quedar determinado cuando estos entran de nuevo a formar parte de un proceso productivo como materia prima secundaria. Por su parte, para potenciar el reciclado se establece que las fracciones combustibles, como la madera, el plástico y el cartón no pueden ser incineradas a no ser que procedan del material impropio generado por las empresas que las han absorbido en sus procesos de fabricación.
3. ¿Quién es el responsable de la producción de residuos de la construcción?
Quizás uno de los puntos más relevantes que se introducen en la nueva normativa es en lo que respecta al principio de responsabilidad ampliada, y que determina que ésta recae plenamente en las promotoras, como productoras de residuos, y en las constructoras, como poseedoras hasta que el tratamiento queda totalmente documentado. Por lo que es fundamental que se realice un estricto control documental de forma cronológica durante toda la obra.
4. Seguimiento o trazabilidad de los residuos de la construcción
Por su parte, se establece como prioritaria la trazabilidad porque permite aumentar la transparencia sobre el camino que recorren los residuos. En este sentido, la identificación inequívoca de las operaciones de tratamiento a las que son sometidos los residuos cobra especial relevancia según el nuevo marco mediante la emisión de certificados que deben describir con precisión las transformaciones que sufren todos los residuos.
La trazabilidad pasa a ser uno de los puntos claves, no siendo posible delegar responsabilidades a las gestoras con el respaldo de un único certificado de recogida y gestión porque este actúa como una mera declaración de intenciones.
Se trata pues de un nuevo procedimiento de control que es fundamental porque también permite dar cumplimiento a las obligaciones de información comunitarias e internacionales, haciendo efectivo el control y seguimiento de la gestión de todos los residuos generados en las obras.
Otro aspecto importante en cuanto a las novedades de la gestión mediante certificados es que estos deben introducirse en los sistemas electrónicos de información de residuos constituidos por registros, plataformas y herramientas informáticas.
5. Nuevo impuesto para los envases de plástico
Se establece un nuevo impuesto para los envases de plástico no reutilizables con dos finalidades: Por una parte, penalizar este tipo de materiales y fomentar el uso de productos reciclados en las obras, y en segundo lugar, para potenciar la recogida de los fabricantes que podrán reducirse la base imponible de este impuesto al introducir estas fracciones en sus procesos de fabricación.
6. Transporte sostenible de los residuos
En lo que refiere al cumplimiento del principio de proximidad, de acuerdo con lo establecido en el régimen de traslados de residuos, se debe priorizar el tratamiento de los residuos de las obras a gestoras especializadas próximas a la zona de actuación.
Esta medida es especialmente interesante para evitar en gran medida las emisiones de CO2 asociadas al sector transportes y los sobrecostes de la gestión, que se van a ver incrementados con el fin de cumplir con lo establecido en la jerarquía de residuos y con el principio de quien contamina paga.
Por último, en cuanto a las infracciones y sanciones, se establecen incrementos en las penalizaciones para tipificarlas con mayor precisión, especialmente las relativas a la responsabilidad ampliada que afecta principalmente a promotores y constructores.
Esta medida que, entre otros aspectos, pretende evitar la mezcla de residuos, potencia la recogida separada de residuos y la trazabilidad o registro documental de su recorrido para evitar el vertido, el abandono disperso de los residuos o el littering, que puede conllevar la paralización de la actividad y generar multas de hasta 2 millones de euros en el caso de sanciones muy graves.
En definitiva, se trata pues de un nuevo marco normativo para el sector de la construcción que afecta a la gestión de los residuos que se generan en las obras, penaliza el uso de envases y productos de un solo uso y fomenta el empleo de materiales reciclados, la separación de los distintos flujos a pie de obra y la implementación de un estricto control documental para registrar la trazabilidad completa de todos los residuos.
Desde CoCircular ya estamos ayudando a promotoras y constructoras a cumplir con las nuevas exigencias contempladas en la Ley. Y con ello, estamos incrementando la sostenibilidad del sector y fomentando la verdadera economía circular mediante la gestión circular y sostenible de los residuos.